- Calificó como A una vivienda unifamiliar que, tras la inspección, resultó ser C
- Las multas a los profesionales que los tramitan pueden ir de los 600 a los 6.000 euros
- En siete meses, la Comunidad de Madrid ha tramitado 99.000 certificados
Siete meses después de la entrada en vigor del Real Decreto 235/2013,
de 5 de abril, que obliga a que todos los inmuebles que se vendan o
alquilen dispongan de un certificado de eficiencia energética, y tras
haber tramitado 99.000 certificados energéticos, la Comunidad de Madrid
ha impuesto la primera sanción, de 4.000 euros, a un técnico por
falseamiento de datos en la emisión del informe.
"La información que recogía el certificado no se correspondía con la realidad",
señala la Dirección General de Industria, Energía y Minas (DGI),
organismo encargado de su registro y control. La calificación energética
de la vivienda unifamiliar pareada sujeta a inspección obtuvo
inicialmente una letra A, la más alta. Sin embargo, "tras una selección
fundamentada por la elevada calificación obtenida", justifican fuentes
de la DGI, la Comunidad de Madrid actuó de oficio y solicitó la emisión
de un nuevo certificado con los datos correctos. Resultó ser una
vivienda de "clase" C.
Desde este verano, la Comunidad está llevando a cabo labores de inspección y vigilancia de los certificados expedidos. En estas inspecciones se priorizan los certificados correspondientes a las calificaciones energéticas más altas (A o B).
En este sentido, los inspectores comprueban que el técnico dispone de
la titulación habilitante (arquitecto o arquitecto técnico, ingeniero o
ingeniero técnico), visitan el inmueble certificado y comprueban que los
datos recogidos son ciertos. Inspecciones que serán cada vez más
frecuentes, puesto que deberán hacerse en una proporción
estadísticamente significativa respecto a los certificados expedidos
anualmente.
La sanción impuesta es ejemplarizante, ya que las
multas pueden oscilar entre los 300 y los 6.000 euros, según establece
la Ley 8/2013, sobre rehabilitación, regeneración y renovación urbanas.
Por ejemplo, expedir certificados sin la información mínima es
sancionable con hasta 600 euros y falsear los datos, como es el caso,
puede alcanzar los 6.000 euros, al estar considerada como una infracción
muy grave. Además, "el técnico sancionado contaba con la titulación
precisa para la emisión de certificados energéticos de edificios",
puntualizan desde la DGI.
"No hay que olvidar que el responsable de tener el certificado de eficiencia energética es el propietario,
pero el encargado del contenido y veracidad es el técnico competente
que lo firma", recuerda José Luis López, de la Asociación de Ciencias
Ambientales, entidad que está trabajando en un proyecto de
sensibilización, información y formación sobre el certificado energético
dirigido a la ciudadanía y a los profesionales.
De los 99.000 certificados tramitados hasta la fecha, el 80,8%
corresponde a pisos, el 11,9% a viviendas unifamiliares, el 3,8% a
oficinas, el 1,9% a locales comerciales y el resto a otros usos. Su
calificación de eficiencia energética es igualmente dispar: sólo el 0,2% de los certificados tramitados tiene letra A, mientras que el 50,4% ha obtenido la E.
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