Orden de 02/06/2014, de la Consejería de Fomento de
Castilla La Mancha, por la que se establecen las bases reguladoras de
las ayudas para la rehabilitación y mejora energética de las viviendas, y
se convocan las mismas.
Las actuaciones subvencionables extenderán sus efectos en función del programa de ayudas de que se trate, de la siguiente forma:
a) En el programa 1, rehabilitación de viviendas, desde el 1 de enero de 2014 hasta el 15 de octubre de 2014.
b) En el programa 2, ventanas, desde el 1 de noviembre de 2013 hasta el 15 de octubre de 2014.
c) En el programa 3, calderas individuales, desde el 1 de noviembre de 2013 hasta el 15 de octubre de 2014.
La cantidad máxima de 3.000.000 euros del ejercicio presupuestario 2014, se distribuye:
a) Programa 1, rehabilitación de viviendas: 1.501.000 €
b) Programa 2, ventanas: 800.000
c) Programa 3, calderas individuales: 699.000,00
La
cuantía de la ayuda se determinará en función del coste subvencionable
de las actuaciones correspondientes a la vivienda y no podrá superar el
35% del coste subvencionable de la actuación o, excepcionalmente en el
caso de actuaciones para la mejora de la accesibilidad, y solo en la
partida correspondiente a la accesibilidad, la cuantía de la subvención
podrá ser de hasta un 50%
La
cuantía mínima del presupuesto protegido no será inferior a 2.500 €. La
cuantía máxima de las subvenciones a conceder por vivienda no podrá
superar
- 1.000 euros para las obras de conservación,
- 1.000 euros para la actuaciones de mejora de la calidad y sostenibilidad, y
- 1.500 euros para actuaciones de mejora de la accesibilidad.
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